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Comité Ejecutivo de la UEFA

Comité Ejecutivo

El Comité Ejecutivo de la UEFA está compuesto por el presidente de la UEFA y otros 19 miembros: 16 elegidos por el Congreso de la UEFA (incluyendo al menos una mujer), dos por la Asociación de Clubes Europeos y uno por las European Leagues. Todos los miembros tienen los mismos derechos y deberes.

El Comité Ejecutivo de la UEFA el 8 de febrero de 2024 tras el 48º Congreso
El Comité Ejecutivo de la UEFA el 8 de febrero de 2024 tras el 48º Congreso Getty Images

Miembros y vicepresidente

El Comité Ejecutivo de la UEFA no debe incluir más de un representante de la misma federación miembro de la UEFA. Esta regla no se aplica al miembro femenino ni a los miembros elegidos por la Asociación de Clubes Europeos (ECA) y European Leagues. Los miembros elegidos por la ECA no pueden pertenecer a clubes de la misma federación miembro.

• Cada candidato que se presente a las elecciones del Comité debe ocupar un cargo activo (es decir, presidente, vicepresidente, secretario general o director ejecutivo) en su federación miembro, a excepción del presidente de la UEFA y de cualquier miembro femenino.

• A propuesta del presidente, la comisión elige un vicepresidente primero, otros cuatro vicepresidentes y un tesorero (con el mismo estatus que un vicepresidente). El presidente puede asignar funciones específicas a cada uno de los vicepresidentes.

Consejero especial

El presidente puede invitar a terceras partes a acudir a las reuniones del Comité Ejecutivo de la UEFA en la función de consejeros. 

Tiempo en el cargo

Tanto el presidente como los miembros del Comité Ejecutivo elegidos por el Congreso de la UEFA ocupan el cargo durante cuatro años. Cada dos años se eligen ocho miembros (entre ellos al menos una mujer) y el presidente. El mandato de los representantes de la ECA y de European Leagues también es de cuatro años.

• Ninguna persona puede ser presidente o miembro del Comité Ejecutivo durante más de tres mandatos, consecutivos o no. Los mayores de 70 años no pueden ser elegidos ni reelegidos.

• Si se produce una vacante, el siguiente Congreso Ordinario de la UEFA elige o ratifica a un sustituto para el resto del mandato. Si la vacante se produce en el último año del mandato de un miembro, no se elegirá ni ratificará a ningún sustituto.

• El mandato del presidente y de los miembros del Comité Ejecutivo comienza inmediatamente después del congreso en el que son elegidos o ratificados y finaliza al cierre del congreso que elige o ratifica a sus sucesores.

Reuniones

El Comité Ejecutivo se reúne normalmente una vez cada dos meses, convocado por el presidente. El quórum del Comité es superior a la mitad de sus miembros con derecho a voto, incluido el presidente o, en su ausencia, un vicepresidente.

Poderes

El Comité Ejecutivo está facultado para adoptar reglamentos y tomar decisiones sobre todos los asuntos que no caigan dentro de la jurisdicción legal o estatutaria del Congreso de la UEFA o de otro órgano. El comité gestiona la UEFA, excepto en la medida en que haya delegado dicha gestión, o a menos que dicha gestión haya sido delegada por los Estatutos de la UEFA al presidente o a la administración de la UEFA.

Decisiones

Las decisiones del Comité Ejecutivo son efectivas inmediatamente, salvo que se indique lo contrario. Los miembros o el presidente no pueden participar en la deliberación de ningún asunto o punto que implique a una federación/club/liga afiliada a su federación miembro, o cuando exista un conflicto de intereses.

Deberes

• Control general de la UEFA y emisión de las instrucciones necesarias

• Definición de la estructura organizativa

• Forma y supervisión de la contabilidad

• Nombramiento de los miembros del Comité de Gobierno y Cumplimiento de la UEFA y emisión de sus términos de referencia

• Nombramiento del secretario general y del secretario general adjunto(s) a propuesta del presidente de la UEFA

• Destitución del secretario general y del secretario general adjunto(s) a propuesta del presidente de la UEFA, o por una decisión apoyada por dos tercios o más de todos los miembros del Comité Ejecutivo de la UEFA

• Supervisión general de la administración de la UEFA, incluidos el secretario general y el secretario general adjunto(s), especialmente en lo que respecta al cumplimiento de las leyes, los Estatutos de la UEFA, los reglamentos y las órdenes, aprobación del plan anual de actividades de la administración de la UEFA.

• Elaboración de un informe escrito para su presentación al Congreso Ordinario de la UEFA

• Examen del informe de la administración (el informe anual de la UEFA) al Congreso Ordinario de la UEFA

El Comité Ejecutivo puede delegar la preparación y ejecución de sus decisiones o la supervisión de los asuntos a uno o más de sus miembros. El comité también está autorizado a delegar la gestión, total o parcialmente, al presidente, a uno o más de sus miembros y/o a la administración de la UEFA.

Presidente honorario/miembros de la UEFA

La UEFA puede nombrar presidentes honorarios o miembros honorarios basándose en contribuciones excepcionales al fútbol europeo, a propuesta del Comité Ejecutivo. Los presidentes honorarios y los miembros honorarios pueden asistir a nuestro congreso anual en calidad de asesores, pero no tienen derecho a voto. Los presidentes honorarios sólo pueden asistir a las reuniones del Comité Ejecutivo a título consultivo.

Miembros honorarios de la UEFA

• Gerhard Aigner (Alemania)

• Şenes Erzik (Turquía)

• Vyacheslav Koloskov (Rusia)

• Marios N. Lefkaritis (Chipre)

• Antonio Matarrese (Italia)

• Joseph Mifsud (Malta)

• Per Ravn Omdal (Noruega)

• Michael van Praag (Países Bajos)

• Giangiorgio Spiess (Suiza)

• Grigoriy Surkis (Ucrania)

• Geoffrey Thompson (Inglaterra)