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Sanciones para la Federación Rusa de Fútbol

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El independiente Comité de Control, Ética y Disciplina de la UEFA ha anunciado su decisión tras el procedimiento disciplinario abierto contra la Federación Rusa de Fútbol.

Sanciones para la Federación Rusa de Fútbol
Sanciones para la Federación Rusa de Fútbol ©UEFA

El independiente Comité de Control, Ética y Disciplina de la UEFA (CEDB) se ha reunido este martes en París para tratar el procedimiento disciplinario abierto contra la Federación Rusa de Fútbol (RFU) tras los incidentes ocurridos en el interior del Stade Vélodrome de Marsella en el partido de la UEFA EURO 2016 ante Inglaterra del 11 de junio (1-1).

Los cargos contra la RFU son los de disturbios, uso de bengalas y conducta racista, y el CEDB ha decidido imponer las siguientes reacciones:

• Una multa de 150.000 €.

• Mantener en suspenso la descalificación de la selección nacional de Rusia de la UEFA EURO 2016 por los disturbios. Según el Artículo 20 del Reglamento Disciplinario de la UEFA*, esta descalificación queda en suspenso hasta el final del torneo. Esta suspensión sería anulada, y por lo tanto la sanción se aplicaría, si se vuelven a producir incidentes de la misma naturaleza (disturbios) dentro de un estadio en cualquier de los partidos que le quedan a Rusia en el torneo.

La decisión del Comité de Control, Ética y Disciplina puede ser recurrida.

Esta decisión solo es relativa a los incidentes acaecidos en el interior del estadio y que por lo tanto están bajo la jurisdicción de los Organismos Disciplinarios de la UEFA. 

*Artículo 20 del Reglamento Disciplinario de la UEFA

1. Todas las medidas disciplinarias pueden quedar en suspenso con las siguientes excepciones:

a. advertencias;

b. reprobaciones;

c. prohibición relativa a todas las actividades relacionadas con el fútbol;

d. medidas disciplinarias relacionados con el amaño de partidos, sobornos o corrupción.

2. El periodo de vigilancia es por un mínimo de un año y por un máximo de cinco. Este periodo se podría ampliar en circunstancias excepcionales.

3. Si se comete otra infracción del reglamento durante el periodo de vigilancia, el organismo disciplinario competente, como norma, ordenará que la medida disciplinaria original sea aplicada. A esto se pude añadir otra medida disciplinaria impuesta por una nueva infracción.